Qué le queda por hacer a los fondos demandantes tras el fallo que salvó a la Argentina
2026-03-27 - 16:10
El fallo del Tribunal de Apelaciones del Segundo Circuito que revocó la condena de US$16.100 millones contra la Argentina no cierra definitivamente el caso, aunque lo deja en una posición muy favorable para el Estado argentino. El camino que queda por delante es técnico, acotado, y las probabilidades de que los demandantes logren revertir lo resuelto son bajas. Los fondos demandantes —Eton Park y Burford Capital, que adquirió los derechos de litigio de Petersen tras su quiebra— tienen una última vía disponible: recurrir a la Corte Suprema de Estados Unidos. Sin embargo, según advierten abogados que siguen de cerca el caso, es poco probable que eso ocurra. La Corte Suprema estadounidense recibe entre 7000 y 8000 peticiones por año y acepta revisar apenas un centenar de ellas, generalmente reservadas para cuestiones de derecho federal con implicancias amplias para todo el sistema jurídico del país. Un litigio basado en la interpretación del derecho privado y público argentino —los estatutos de YPF, el Código Civil y Comercial, la ley de Expropiaciones— difícilmente cumpla ese umbral. Los nueve jueces del máximo tribunal tienen escasos incentivos para adentrarse en un debate sobre normas societarias y administrativas de otro país. Hay además un dato que habla por sí solo sobre el impacto del fallo en el mercado: tras conocerse la decisión, las acciones de Burford Capital se desplomaron un 40% en Wall Street y un 46% en Londres. Burford es el fondo británico de financiamiento litigioso que adquirió los derechos a demandar de Petersen por €15,1 millones y que, en caso de haber cobrado la condena original, se habría quedado con el 70% mientras que el restante debía pagarle al fisco de España. El derrumbe bursátil refleja que el mercado no ve demasiadas chances de revertir lo resuelto. En cuanto al trámite procesal inmediato, el Tribunal de Apelaciones ordenó devolver el expediente a la corte de primera instancia, a cargo de la jueza Loretta Preska, del Distrito Sur de Nueva York. Pero eso es una formalidad procesal, no una reapertura del caso. Así funciona el sistema judicial estadounidense: los expedientes pertenecen a las cortes de distrito y permanecen allí mientras se sustancia la apelación ante un tribunal superior. Una vez resuelta la apelación, el expediente regresa formalmente a la corte de origen para que se ejecuten las instrucciones del tribunal superior. En este caso, esas instrucciones son claras: revertir la condena contra Argentina y confirmar el rechazo de las demandas contra YPF. Preska, que presidió este litigio durante más de una década y que en septiembre de 2023 había ordenado a la Argentina pagar US$16.100 millones más intereses, no tiene margen de acción sobre el fondo del asunto. El Tribunal de Apelaciones ya determinó que las demandas de Petersen y Eton Park no son cognoscibles bajo el derecho argentino, por dos razones independientes: los estatutos de una empresa no generan obligaciones bilaterales entre accionistas que habiliten una demanda de daños contractuales, y la ley de Expropiaciones prohíbe expresamente las acciones judiciales de terceros que interfieran con una expropiación. Esas conclusiones son vinculantes para Preska. No puede revisarlas ni modificarlas. Uno de los aspectos más llamativos del fallo es que el Tribunal de Apelaciones no absuelve moralmente a la Argentina. Todo lo contrario: reconoce explícitamente que el Estado violó los estatutos de YPF, que hizo promesas concretas a inversores extranjeros para atraer capitales durante la privatización de los años 90, y que su negativa a cumplirlas —el entonces viceministro Axel Kicillof llegó a decir en el Senado que sería “estúpido” respetar los estatutos— daña la credibilidad del país como destino de inversión. Pero el tribunal separa esa valoración fáctica de la cuestión jurídica central: el remedio legal elegido por los demandantes, una demanda de daños contractuales ante un tribunal estadounidense, sencillamente no existe bajo el derecho argentino aplicable al caso. El tribunal también señala que los accionistas minoritarios no estaban del todo desprotegidos: otros accionistas de YPF intentaron hacer valer los estatutos a través de los mecanismos previstos por el derecho societario argentino, impugnando las resoluciones adoptadas en la asamblea del 4 de junio de 2012 y recurriendo a los tribunales locales. Petersen y Eton Park eligieron un camino distinto, y ese camino resultó ser un callejón sin salida. En términos prácticos, el resultado es claro: la Argentina ganó la apelación y evita el pago de una condena que equivalía al 45% de su presupuesto nacional. Lo que viene es, en el mejor de los casos para los demandantes, un intento ante la Corte Suprema con pocas chances de prosperar. Y si ese intento fracasa —que es lo más probable—, el caso quedará cerrado definitivamente, más de 10 años después de que Petersen presentara su demanda en Nueva York.