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Operación Flipper: condenan por lavado de dinero a tres prestanombres del narco que montó una cocina de cocaína en un country cerca de Rosario

2026-03-15 - 21:23

Delfín Zacarías hizo poner una placa con el nombre de su hija Flavia en la plaza que construyó en el barrio Villa Elisa, de San Lorenzo. Era lo que había acordado con los concejales de esa localidad al norte de Rosario que en febrero de 2011 había aprobado una excepción al código urbano para que aquel emprendedor amante de la poesía y habitué de las mesas de póker del Conrad de La Mansa −que ahora se llama Enjoy Punta del Este Resort & Casino− construyera un gimnasio de tres pisos en una zona rural. Nadie creía realmente que apostara a hacer crecer un negocio de tonificación muscular de 6500 metros cubiertos en medio del campo y con chacareros como clientes. La Justicia lo investigó bajo la hipótesis de que Zacarías iba a montar allí un laboratorio para fabricar cocaína similar al que tenía en la localidad de Funes, donde en setiembre de 2013 fueron detenidos él y su familia. Delfín fue condenado a 16 años de cárcel por narcotráfico, y a su familia no le fue mucho mejor: la esposa de Zacarías, Sandra Inés Marín, recibió una pena de 14 años y Joel Zacarías, hijo de ambos, una de siete. Luego sumarían condena por haber lavado no menos de 600 millones de pesos de origen espurio: en esa sentencia que le sumó tres años más de cárcel a Delfín fue agregada Flavia, la chica del nombre en la placa de San Lorenzo, enclave fundamental en la logística del contrabando internacional de drogas por su acceso a la megaterminal portuaria de la hidrovía del Paraná. Curiosamente, en ese juicio de 2023, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOCF) N°1 de Rosario absolvió al hermano de Delfín y a otros dos acusados que, a pesar de no contar con una “espalda” financiera plausible, habían inscripto a su nombre numerosos inmuebles y vehículos que, en los hechos, pertenecían al clan Zacarías. Este verano, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal revocó parcialmente ese fallo. Los camaristas Juan Carlos Gemignani, Mariano Hernán Borinsky y Carlos Alberto Mahiques revocaron las absoluciones de Jorge Zacarías, Edgardo Radovani y Néstor Fernández y los condenaron como coautores del delito de lavado de activos agravado por habitualidad y por haber sido cometido en el marco de una asociación ilícita. El máximo tribunal penal del país remitió el expediente al TOCF1 para que fije las penas correspondientes y resuelva sobre el decomiso de bienes que no habían sido considerados en la sentencia de primera instancia. El tribunal de juicio también deberá volver a mensurar los montos de las multas impuestas. Según informó la Procuración General de la Nación en su portal institucional www.fiscales.gob.ar, tras las absoluciones dictadas por el TOCF1 el fiscal general Federico Reynares Solari, integrante de la Oficina de Litigio Oral Estratégico del Área de Investigación y Litigio de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Rosario, pidió revocar las absoluciones por considerar que era fruto de una decisión arbitraria pues “el tribunal de juicio no había valorado adecuadamente la prueba producida, lo que derivó en una interpretación errónea de los hechos investigados”. A su turno, la Unidad de Información Financiera (UIF), que fue querellante en este caso −el primero en que un narco rosarino fue sentado en el banquillo de los acusados por lavado de activos del negocio de las drogas− cuestionó la falta de fundamentación de las absoluciones y remarcó la relevancia de considerar indicadores típicos de lavado de activos, como la utilización de prestanombres, inconsistencias patrimoniales y vínculos familiares o comerciales con los principales condenados. Además, objetó el monto de las penas impuestas al considerar que no resultaban proporcionales a la gravedad de los delitos ni tenían un efecto disuasorio suficiente, tal como lo exigen los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). El fiscal general Raúl Pleé sostuvo los recursos precedentes ante la Cámara de Casación. En su dictamen resaltó errores en el análisis del TOCF1 con respecto al lavado de activos de origen delictivo y en la valoración de la prueba, y desarrolló los fundamentos por los cuales, según su criterio, correspondía revocar las absoluciones. La decisión del máximo tribunal Según se publicó en www.fiscales.gob.ar, el juez Gemignani sostuvo que no resultaba razonable aceptar los argumentos de desconocimiento sobre el origen ilícito de los bienes registrados a nombre de los imputados. “No parece objetivamente plausible la recepción de cualquiera de los bienes que aquí se están barajando (automóviles, motocicletas, cocheras, inmuebles de todo tipo) sin cuanto menos verificar mínimamente cómo esto es posible”, señaló el camarista de la Casación. Agregó que “este tipo de cuestiones exigen documentar las operaciones, con sus respectivos respaldos en orden a la licitud de los fondos con los cuales fueron adquiridos. Es decir, desde una perspectiva objetiva no aparece aceptable que los imputados afirmen que ‘desconocían’ que recibir graciosamente −como don o favor que se hace sin merecimiento particular− los bienes de un familiar que no merecía corroboración”. En relación con Jorge Zacarías, el hermano de Delfín, la Casación concluyó que su presunta actividad como intermediario en la compraventa de bienes no contaba con registros bancarios ni documentación que acreditara la legalidad de los fondos que invertía en propiedades y vehículos. Fernández, que era empleado de la remisería utilizada para canalizar dinero ilícito, admitió haber registrado numerosos vehículos a su nombre por pedido de Delfín Zacarías: era, evidentemente, un testaferro. En el caso de Radovani, quien afirmó ser albañil y desconocer las actividades de la organización, los jueces señalaron que no pudo justificar la adquisición de una extensa lista de bienes. Además, en su domicilio se hallaron documentos que evidenciaban su vínculo con Zacarías y su participación en la estructura delictiva. Finalmente, los jueces de la Sala III de Casación mantuvieron la absolución de Andrea Belén Altamirano, sobrina de la esposa de Zacarías, para quien la UIF también había pedido condena. La investigación La causa por lavado de activos se desprende del proceso penal seguido contra la organización criminal dedicada al tráfico de estupefacientes que fue desarticulada en 2013 en el marco de la denominada “Operación Flipper”, investigación desarrollada por la por entonces Fiscalía Federal de Rosario y la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar). En aquellos procedimientos se secuestraron 300 kilos de cocaína −la defensa sostuvo enfáticamente que solo se había corroborado que siete kilos de la sustancia eran, efectivamente, estupefacientes−, 1300 litros de precursores químicos y pasta base proveniente de Bolivia. Así fue desmantelada una “cocina” de drogas en una casa americana que Zacarías poseía en un country de Funes, a 18 kilómetros de Rosario, con capacidad para producir, cada mes, 500 kilos de sustancia lista para el consumo de los adictos. Allí llegó la policía el 5 de septiembre de 2013 justo en el momento en que Delfín y su esposa, Sandra Marín, bajaban 75 bidones de acetona, insumo esencial para la producción de clorhidrato de cocaína. Nacía la Operación Flipper. Zacarías juraba que era víctima de una operación y culpaba de haberlo engañado a Luis Medina, de quien decía que le había encargado que fuera a buscar esos bidones que presuntamente contenían gasoil. Pero claro, estaba señalando a alguien que no podía desmentirlo: a Medina lo acribillaron, junto a su novia, en las afueras de Rosario ese mismo año. Le decían “el Tony Montana rosarino”. Para la Justicia, en cambio, Delfín dirigía un clan familiar en el que su esposa y su hijo se dedicaban a “cocinar” la droga y su hija se encargaba de la contabilidad de la organización. En 2018 los condenaron por producción, comercialización y tenencia de estupefacientes agravada por la participación de una organización. Y se activó la investigación por lavado. Se estableció que Delfín se valía de familiares y allegados como prestanombres para adquirir bienes y ocultar el origen ilícito de los fondos. En los papeles era el dueño de una pequeña remisería, pero en los hechos vivía como un magnate. Un funcionario de la municipalidad de San Lorenzo, allí donde Zacarías quería convertirse en un ciudadano benefactor, advirtió las inexplicables inconsistencias y lo denunció. La Subsecretaría de Delitos Económicos de Santa Fe detectó que Delfín Zacarías había adquirido, entre el 29 de diciembre de 2008 y el 23 de diciembre de 2009, 36 inmuebles y 24 autos y camionetas, entre ellos cuatro de alta gama. Flavia, su hija, puso a su nombre ocho propiedades, que compró entre mayo y julio de 2009; después sumó otros cuatro inmuebles, cinco autos y un camión. En 2023 se hizo el juicio por lavado contra el clan Zacarías. Delfín Zacarías fue condenado a 6 años de prisión y a una multa de 40 millones de pesos como coautor del delito de lavado de activos agravado por habitualidad y por su participación en una asociación. Se unificó esa sentencia con la de 2018, por lo que le quedó por purgar una pena única de 19 años de cárcel. Su esposa, Sandra Marín, fue condenada a 5 años de prisión e idéntica multa; se le impuso una pena única de 18 años al unificársela con la previa por narcotráfico. Sus hijos Joel y Flavia fueron sentenciados a 4 años y medio y multa de $40 millones. Unificadas con las penas previas impuestas en 2018, deberá purgar 7 años y 6 meses y 8 años y 6 meses, respectivamente. Asimismo, los colaboradores Gonzalo Jaime, Fernando Ermacora y Gloria Ruth Zacarías −hermana del líder de la organización− fueron condenados a 3 años de prisión en suspenso como coautores del delito de lavado de activos.

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