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Menos burocracia para el agro: el Gobierno eliminó la obligación de presentar habilitaciones municipales

2026-03-27 - 12:30

El Gobierno avanzó con una nueva medida de desregulación que impacta de lleno en distintas actividades del sector agroindustrial al eliminar exigencias documentales vinculadas a habilitaciones locales en trámites nacionales. La decisión, oficializada hoy en el Boletín Oficial, apunta a simplificar procesos administrativos y reducir costos burocráticos para productores y empresas. A través de la Resolución 28/2026, firmada por el secretario de Agricultura, Sergio Iraeta, se dispuso la eliminación de la obligación de presentar habilitaciones municipales o provinciales en una serie de registros y regímenes bajo la órbita nacional. Preocupación empresaria: por la suba del gasoil aumenta el costo para cosechar y en el transporte hay 6500 pymes en vilo La medida alcanza, entre otros, a establecimientos productores de huevos fértiles y aves de un día, fabricantes de fertilizantes químicos y operadores vinculados al sector pesquero. En todos los casos, se trataba de requisitos que hasta ahora debían acreditarse para inscribirse o mantenerse en registros oficiales. Según se argumenta en la normativa, el objetivo es reducir cargas administrativas. En ese sentido, el texto señala que “la presentación de habilitaciones municipales o provinciales importa, en la práctica, una duplicidad de requisitos, de documentación a presentar”. “Acto de amedrentamiento”: la policía de Gildo Insfrán entró en una chacra donde estaba la presidenta de Federación Agraria La resolución también advierte sobre los efectos de esa superposición de exigencias. En concreto, sostiene que esta situación genera “una carga administrativa y burocrática tanto para el Gobierno como para los ciudadanos”. Otro de los puntos centrales del diagnóstico oficial es la falta de homogeneidad entre jurisdicciones. “La heterogeneidad de los regímenes locales de habilitación y de sus requisitos de otorgamiento dificulta la incorporación de la habilitación municipal como requisito documental estandarizado”, indica la norma. En ese contexto, la Secretaría de Agricultura decidió avanzar con la eliminación de esas exigencias en distintos regímenes. “Corresponde eliminar como requisito la acreditación de habilitación municipal o provincial”, establece el texto. Uno de los cambios más relevantes impacta en la normativa que regula a los establecimientos productores de huevos fértiles o aves “Libres de Patógenos Específicos”, donde se elimina la obligación de presentar habilitación municipal. La decisión también alcanza al Registro de Fabricantes Locales de fertilizantes químicos, donde se suprime el requisito de acreditar habilitaciones locales como parte de la documentación exigida para la inscripción. En el caso del sector pesquero, la resolución introduce modificaciones en el Registro de la Pesca, creado por la Ley 24.922, donde hasta ahora también se requerían habilitaciones provinciales o municipales para operar. A partir de los cambios, los establecimientos industriales y comerciales deberán inscribirse en el registro nacional correspondiente, pero sin necesidad de acreditar esas autorizaciones locales en el trámite ante la Nación. En ese sentido, el nuevo texto establece que “los establecimientos industriales y sus titulares deberán ser inscriptos por ante el Registro de la Pesca para lo cual deberán cumplir con lo dispuesto en la presente resolución”, eliminando referencias a habilitaciones municipales. Asimismo, se redefine el esquema de requisitos para la comercialización y exportación de productos pesqueros, bajo el mismo criterio de simplificación administrativa. En paralelo, se introduce una modificación relevante en materia sanitaria: en algunos casos se reemplaza la exigencia de habilitación local por documentación emitida por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa). La resolución se inscribe dentro del proceso de desregulación impulsado por el Gobierno nacional. En los considerandos, se recuerda que el Decreto 70/2023 promovió “la más amplia desregulación del comercio, los servicios y la industria en todo el territorio nacional”. En esa línea, también se menciona que deben eliminarse “todas las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como toda exigencia normativa que distorsione los precios de mercado”. La norma también se vincula con el Decreto 90/2025, que ordenó revisar la normativa vigente para eliminar regulaciones redundantes o que generen sobrecostos en el sector productivo. En el Gobierno remarcaron que la eliminación de este requisito no implica una flexibilización de controles de fondo. En ese sentido, el texto es explícito: “La presente medida no exime a los administrados del cumplimiento de la normativa nacional, provincial o municipal vigente”. Es decir, las empresas y productores deberán seguir cumpliendo con las regulaciones locales, aunque ya no tendrán que acreditarlas en los trámites ante organismos nacionales.

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