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Mar del Plata: aprobaron construir una torre de 35 pisos entre chalets históricos, y vecinos denuncian irregularidades

2026-03-17 - 20:50

MAR DEL PLATA.- El proyecto para construir una torre de 35 pisos en las proximidades de Cabo Corrientes, que incluye el compromiso de salvaguardar un chalet histórico protegido, acaba de sumar un nuevo capítulo judicial, y por partida doble: jueces que integran una Cámara de Apelaciones revocaron la medida cautelar que le había puesto un freno a la iniciativa a partir de un reclamo de los vecinos. En paralelo, tras este fallo, los residentes de la zona que se oponen a la construcción del edificio volvieron a la carga por la senda judicial, ahora con una denuncia penal contra un arquitecto que respaldó y certificó el plan de obra sin estar matriculado en el distrito. Casi un año y medio transcurrió desde que el Concejo Deliberante, con los votos del oficialismo, que tiene mayoría propia, autorizó la construcción de esta torre en una zona residencial, para lo cual se les otorgó a los desarrolladores un permiso excepcional. Este tipo de permiso es un recurso repetido en la ciudad, que ha permitido que prosperen inversiones de dimensiones importantes en puntos de la ciudad muy cotizados y en donde solo se permitían chalets o edificaciones de departamentos de baja altura y poca densidad poblacional. El proyecto alcanza una superficie de casi 6.000 m2, que representan casi tres cuartas partes de la manzana comprendida entre las calles Alem, Falucho, Aristóbulo del Valle y Gascón, a pocos metros del mar. En mayo pasado, con el respaldo de las instituciones Mirada Ciudadana Asociación Civil y Surfrider Argentina Asociación Civil, vecinos y profesionales que rechazan este desarrollo incursionaron en la vía judicial y encontraron vientos favorables, con el fallo del juez Simón Isaach, al frente del Juzgado en lo Contencioso y Administrativo N° 1 del Departamento Judicial de Mar del Plata. El magistrado dictó una medida cautelar y frenó en esos lotes cualquier tipo de acción que implicara “daños irreversibles, demoliciones y transformaciones sobre propiedades de las parcelas involucradas”. El texto se refería puntualmente al chalet María Frers de Mans, en Gascón 101, más conocido como La Robla, por el espacio gastronómico que funcionó allí hasta fines de la década del 80. Esta propiedad está incluida en el listado de inmuebles con protección patrimonial de la ciudad. La medida cautelar incluía recomendaciones de preservación similares para las otras dos propiedades que se encuentran en las tierras donde se construiría la torre, los chalets “Belvedere” y “Top Capu-El Tovar”, ambos con diseño del reconocido Alula Baldasarinni. El revés judicial La apelación llegó desde el propio municipio de General Pueyrredón y luego fue acompañada por el desarrollista, la firma Fiduciaria Paisajes Urbanos, que encabeza Florencia Miconi. Intervino en esta instancia la Cámara en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Mar del Plata, integrada por Diego Uzin, Roberto Mora y María Ventura Martínez. “La ausencia de nitidez en los potenciales vicios que se le imputan al accionar enjuiciado es lo que impulsa a avanzar en el sentido contrario a lo resuelto por el juez de la instancia”, dice el voto del juez Mora, tras la enumeración de rechazos a planteos de las instituciones opositoras al proyecto que habían logrado obtener la medida cautelar. Su colega Ucin avaló, pero advirtió que un “eventual reexamen cautelar” podría tener lugar solo si se certificaran incumplimientos relevantes de condiciones impuestas, mecanismos de preservación, control y compensación urbanística y –remarcó– la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental, cuya observancia constituye un recaudo previo e insoslayable para el desarrollo del proyecto”. “Un abuso del Código de Preservación” En tanto, desde el otro lado del conflicto judicial, la abogada Soledad Arenaza sostuvo: “Esto no implica que el juicio haya terminado. Tenemos la firme convicción de llegar hasta la última instancia judicial para que no se construya esta torre”, dijo a LA NACION la letrada, que representa a Mirada Ciudadana Asociación Civil y a Surfider Argentina Asociación Civil. “Donde se podían construir 5.000 m2 proyectan un negocio de 35.000 m2”, insistió y denunció un “abuso del Código de Preservación Patrimonial”. Entre otros cuestionamientos enumeró un cono de sombra sobre la costa y barrios linderos que triplicaría los casi 130 metros que alcanzará la torre; falta de títulos de propiedad y cédulas catastrales; falta de unificación de esos lotes para pedir la altura excepcional, y unos 3000 m2 de amenities que no estarían incluidos en el proyecto total de construcción, entre otras objeciones. “En un lote vivirá la gente que hay en 10 manzanas de este barrio, Stella Maris”, advirtió la abogada sobre el eventual impacto que podría tener este desarrollo en la zona. Apuntó además a una supuesta incompatibilidad en la elección de la arquitecta que firmó el estudio de impacto ambiental. Esta profesional, remarcó Arenaza, es pareja del actual funcionario a cargo de la Secretaría de Obras. La abogada encabezó una conferencia de prensa con vecinos que se hizo sobre la costa, a metros del lugar donde se concretaría este proyecto. Allí renovó el reclamo por vía judicial, ahora en el fuero penal. Allí presentó constancia de la denuncia contra el arquitecto Ricardo Rodríguez, quien fundamentó el proyecto. “No está matriculado en el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires desde 2011”, dijo, y acusó un posible delito de “usurpación de título”. Lo consideró como uno de los varios elementos que objetarían la validez y viabilidad de este desarrollo. “Estos son aportes posteriores a la medida cautelar que revocó la Cámara”, aclaró. Consultados por LA NACION, desde Fiduciaria Paisajes Urbanos rechazaron los argumentos de los demandantes. Sobre el caso del arquitecto Rodríguez, insistieron en que cuenta con título profesional válido y que su matrícula se dio de baja por jubilación. Resaltaron, a su vez, que “su experiencia técnica en normativa urbanística es ampliamente reconocida en el medio profesional, gubernamental y empresarial”. “El documento mencionado en la denuncia no es un requisito formal exigido por la normativa urbanística vigente”, agregaron. La ordenanza que autoriza el proyecto, remarcaron, “se apoya en procedimientos y actuaciones administrativos diversas, informes técnicos municipales, informes técnicos de profesionales independientes, evaluación ambiental y el procedimiento deliberativo correspondiente” y, por sobre todo, “se encuentra vigente”. “Las actuaciones administrativas vinculadas al proyecto pueden continuar su tramitación”, concluyeron.

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