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En Nueva York: qué dice la ley S4153A que ya entró en vigor e impacta en los migrantes sin cuenta bancaria

2026-03-23 - 18:31

Nueva York cuenta con una nueva ley estatal para los negocios minoristas y de alimentos. Desde el 21 de marzo, estos establecimientos están obligados a aceptar pagos en efectivo por parte de sus clientes, con el objetivo de garantizar el acceso a bienes esenciales y evitar la exclusión de personas no bancarizadas, como el caso de algunos migrantes. Punto por punto: en qué consiste la ley S4153A La ley S4153A, también conocida como la Ley de Efectivo de Nueva York, es una legislación que prohíbe a los establecimientos minoristas y de comida rechazar pagos en efectivo al momento de una transacción. Con esta normativa, los negocios deben aceptar tanto monedas como billetes y no pueden cobrar un precio más alto a los consumidores que pagan en efectivo en comparación con los que utilizan métodos electrónicos. “Ninguna tienda de alimentos o establecimiento minorista cobrará un precio más alto por el mismo producto de consumo a un consumidor que paga en efectivo en comparación con una persona que realiza una transacción con otro método“, cita el escrito de la ley. Las compañías que incumplan con esta medida se enfrentan a multas civiles. La sanción puede ser de US$1000 por la primera infracción y luego hasta US$1500 por cada infracción cometida. Cuáles son las excepciones en la S4153A La normativa incluye una excepción para aquellos negocios que prefieran transacciones con métodos digitales. En ese caso, pueden cumplir con la ley al instalar un cajero automático inverso que convierta el efectivo en una tarjeta prepago. Esto se aplica si se cumplen los siguientes requisitos: Sin cargos: no debe cobrar comisiones por la conversión. Depósito mínimo bajo: los locales deben permitir depósitos desde US$1. Recibo impreso: deben proporcionar a la persona un comprobante de la transacción. Sin caducidad: los fondos de la tarjeta no pueden expirar y no debe haber límite en el número de transacciones. Plan de contingencia: en caso de que el dispositivo falle, el establecimiento debe aceptar el efectivo de manera inmediata mientras el aparato no funcione. De igual modo, deben colocar un aviso visible que informe a los clientes sobre esta posibilidad. En el caso de los negocios minoristas y de alimentos convencionales, estos pueden negarse a aceptar billetes de denominaciones superiores a US$20. ¿Desde cuándo se aplica la normativa? La ley S4153A entró en vigor el 21 de marzo. En caso de que una compañía infrinja la ley, la fiscal general Letitia James insta a todos los neoyorquinos a presentar una queja ante la Oficina del Fiscal General (OAG, por sus siglas en inglés). “Los neoyorquinos tienen derecho a recibir servicios sin importar cómo elijan pagar”, declaró James en un comunicado de prensa. “Los negocios no pueden negar a los neoyorquinos el acceso a productos básicos como alimentos y ropa al negarse a aceptar efectivo o al cobrarles más por pagar en efectivo. No dudaré en hacer cumplir esta ley para proteger a los consumidores en todo el estado”, concluye el comunicado.

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